El Brexit sin acuerdo pondría en peligro a miles de profesores nativos de las academias de formación de idiomas

El Brexit sin acuerdo pondría en peligro a miles de profesores nativos de las academias de formación de idiomas

Hoy en día 9 de cada 10 empresas que solicitan formación de inglés piden que se realice con un profesor nativo y a ser posible de Reino Unido. Esto podría cambiar el próximo mes si no se llegara a un acuerdo en el que se permitiera a los trabajadores de este país mantener su status para trabajar.

De no llegar a un acuerdo en esta línea, los profesores nativos de Reino Unido pasarán a disponer de derechos similares a los nativos de países de fuera de la Unión Europea lo que significaría que para contratarles se deberá arreglar nuevos papeles y pagar un sobrecoste que complicaría su situación laboral. Desde ese momento sólo los trabajadores pertenecientes a la Unión Europea tendrían prioridad para trabajar en España.

En el último año, según los datos obtenidos por Hexagone, el número de trabajadores ingleses que se han nacionalizado en España o en otro país de la Unión Europea ha crecido un 120% como medida de previsión ante el Brexit. Destaca especialmente como país de destino Alemania.

De momento, se mantiene un panorama de incertidumbre para el resto de países miembros y sus nacionales, especialmente para los trabajadores españoles que actualmente se encuentran prestando servicios en Reino Unido (unos 150.000 según datos del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social), así como para los ciudadanos ingleses que prestan servicios o residen como pensionistas en España (más de 300.000 registrados).

Desde Hexagone se explica que el Gobierno español aprobó en marzo de este año una serie de medidas en materia laboral y seguridad social en previsión de una situación de Brexit sin acuerdo, mediante las cuáles los trabajadores podrían mantener su status quo: condiciones de desplazamiento de trabajadores, prestaciones de Seguridad Social, etc. Sin embargo estas medidas tenían una fecha de caducidad para ese mismo mes ya que la previsión inicial era que se realizara el Brexit el 31 de Marzo, por lo tanto a día de hoy no hay una respuesta oficial para la aplicación de esas medidas el próximo 31 de octubre.

Según declaraciones obtenidos por Hexagone del Ministerio de Trabajo, es de prever que las medidas adoptadas para el mes de marzo se prorroguen en el Brexit de Octubre.

Tanto para profesores nativos como para cualquier otro trabajador inglés no nacionalizado en la Unión Europea, la situación es la misma. El Gobierno de España ha apostado siempre por el principio de reciprocidad y mantiene que siempre que se conserve el status quo de los españoles en Reino Unido hará lo propio en España con los trabajadores ingleses durante un plazo de 21 meses después de iniciarse el Brexit.

Finalizado este plazo transitorio de la aplicación de las medidas adoptadas para el Brexit, a partir del 31 de Octubre Reino Unido pasaría, en ese caso, a ser considerado como un tercer estado, lo que tiene varias implicaciones relevantes en el ámbito laboral y empresarial:

Libre establecimiento: Tanto trabajadores como empresas de Reino Unido y Gibraltar no podrán beneficiarse de la libre prestación de servicios en la UE, ni de la libertad de establecimiento, circulación de personas y capitales regulada en el artículo 56 del Tratado de Funcionamiento de la UE.

Desplazamiento de trabajadores: Dejará de aplicarse la Directiva 96/71/CE a empresas de Reino Unido que desplacen a sus trabajadores a cualquier país de la UE. En este caso, los Estados miembros de la Unión Europea no podrán conceder un trato más favorable a empresas establecidas en un tercer país (como ya será Reino Unido) que a las establecidas en la Unión Europea. Por tanto, los Estados miembros habrán de garantizar la aplicación a los trabajadores de Reino Unido que se desplacen a su territorio para prestar servicios de las mismas condiciones que sean aplicables a los nacionales de un Estado miembro que se desplacen a prestar servicios en territorio británico.

Seguridad Social: al menos hasta el 31 de diciembre de 2020 se aplicarán las medidas de protección previstas en el Real Decreto 5/2019; a partir de esa fecha deberán llegarse a acuerdos bilaterales que puedan firmarse entre los distintos estados (en nuestro caso, España y Reino Unido) o, incluso, de un posible acuerdo entre la Unión Europea y Reino Unido.

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